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Implementación ARTÍCULO 49 de Plan Nacional Desarrollo 2022 - 2026

Reducción de rezago de avalúos catastrales
a nivel nacional

Artículo 49 - Ley 2294 de 2023

¿Qué es el artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo?

El artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026 (Ley 2294 de 2023) establece una medida por única vez para reducir el rezago en los avalúos catastrales de los predios en Colombia, especialmente en zonas donde esa información no ha sido actualizada en más de 5, 10, 15 o más años.

Este rezago genera distorsiones en el valor real de los predios, afecta la equidad tributaria y limita la capacidad de los municipios para planificar y financiar su desarrollo.

 

 

¿Cómo se hace?

 

¿Para qué sirve?

 

¿Qué implica para los municipios y para las personas?

 

¿Es obligatorio?

 

Preguntas frecuentes

 

Consulte el listado de municipios a los que se le aplicará el artículo 49

 

Metodología

En el marco de la Resolución 1912 de 2024, este espacio reúne cuatro documentos técnicos que amplían la metodología establecida para la implementación del artículo 49, incorporando todos los detalles técnicos de lo realizado. El documento principal es el Documento conceptual y metodológico, cuya lectura permite articular tres documentos complementarios: Modelo de capitalización de renta rural, Modelos estadísticos y cálculo del índice de incrementos.  Este último describe la metodología empleada para calcular el índice utilizado en la reducción del rezago de los predios rurales en los primeros 48 municipios, denominado Memoria de cálculo de incrementos.

 

Modelo de capitalización de renta

 

Modelos estadísticos para la predicción de valores de terrenos

Memorias técnicas de valores

 

Para cada uno de los 48 municipios que entraron en vigencia para el 2025, se construyó un documento de soporte técnico. Este documento contiene información detallada de cada municipio, además de la descripción de las metodologías de investigación y análisis económico aplicado, que permitieron la definición de los valores unitarios por hectárea de terreno adoptados por cada Zona Homogénea Geoeconómica. La aplicación de estos valores permitió la realizar el ajuste automático al que se refiere el artículo 49 del PND de la ley 2294 del 2023.

 

SOCIALIZACIÓN

 

Invitación a gremios y soporte de reuniones

 

ABC Artículo 49 PND 2022 –2026

 

Conversatorio - ABC implementación del artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo

 

Caja de herramientas

 

Normatividad

 

Cronograma de actividades artículo 49

Inquietudes y respuestas

Durante la etapa de socialización y posterior a la publicación de la resolución 1912 del 6 de diciembre, correspondiente a la implementación de la metodología por todos los gestores catastrales, se plantearon varios interrogantes al respecto, los cuales fueron respondidos uno a uno y se presentan en este acápite

 
 

Memorias del evento

Geografía para la Autonomía Territorial

Durante el evento de lanzamiento y socialización del artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo con los alcaldes de los municipios priorizados, se compartió información base para la difusión de la metodología de disminución de las brechas catastrales.

Galería

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