A partir del 1 de marzo de 2026 el IGAC modifica las condiciones de reporte de información al SINIC

A partir del 1 de marzo de 2026 el IGAC modifica las condiciones de reporte de información al SINIC
  • El reporte ya no será bimestral, a partir de la fecha se deberán realizar entregas de información anuales.
  • A partir del 1 de abril el reporte de información se vuelve permanente.

Bogotá D. C., 27 de febrero de 2026. El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) informa a todos los Gestores Catastrales que a partir del 1 de marzo de 2026 cambian las condiciones del reporte al Sistema Nacional de Información Catastral, SINIC, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 301 del 4 de marzo de 2025.

A partir de esta fecha el acceso al portal web para el reporte de información catastral SINIC se realizará a través de https://sinicladm.igac.gov.co/, solo para usuarios autenticados.

El reporte ya no será bimestral, a partir de la fecha se deberán realizar entregas de información anuales con la totalidad de predios activos inscritos en la base de datos catastrales de cada municipio de su jurisdicción, mediante un archivo en formato de intercambio de interlis, *.XTF, cargado en el sistema SINIC.

La primera entrega será durante todo el mes de marzo de acuerdo con el cronograma establecido en el artículo 7 de la Resolución 301.

A partir del 1 de abril el reporte de información se vuelve permanente, y se habilitará un servicio web para el envío de novedades solamente de los predios que cambian por efectos de mutaciones o trámites catastrales.

Antes de cargar a SINIC, la primera entrega de información del mes de marzo, los gestores deben garantizar que el archivo XTF cumple con las 5 reglas básicas de calidad definidas en el artículo 15 de la Resolución 301. Para este fin se ha puesto a disposición la herramienta PREVALIDADOR SINIC, la cual se encuentra disponible para descarga con sus respectivos manuales de instalación y de usuario, en el sitio Reporte de Información Catastral en la página del IGAC, https://www.igac.gov.co/catastro-multiproposito/reporte-de-informacion-catastral.

Los términos para el reporte de información se encuentran en los artículos 7, 8 y 9 de la Resolución 301 de 2025.

Trabajando de la mano con los gestores catastrales, el IGAC sigue comprometido en construir una Geografía Para la Vida.