De acuerdo con lo previsto en el numeral 4.5 del artículo 1 de la Resolución 898 de 2018,el Grupo Interno de Trabajo Servicio al Ciudadano de la Secretaría General, tiene la función de verificar que los canales de comunicación para la interacción con el ciudadano cuenten con los criterios de inclusión y accesibilidad de conformidad con la normatividad vigente; y realizar el control y seguimiento a las PQRSD de conformidad con los procesos de la entidad.
Conforme lo estipulado en la Resolución 342 de 2017, por la cual se reglamenta el trámite interno del derecho de petición del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en su artículo 13. parágrafo 1, expresa lo siguiente: “Si el interesado no indica en su petición una dirección de correspondencia, o si la respuesta no ha podido ser entregada por causas no atribuibles al Instituto, se informará de esta situación a través de la página web del Instituto http/:www.igac.gov.co y en la oficina de Atención al Ciudadano en sede central, o en cartelera en las Direcciones territoriales cuando corresponda, según el municipio en el cual se haya presentado la petición”.
La entidad deberá poner en conocimiento del solicitante, a través del proceso de notificación; esto implica el agotamiento de los medios disponibles para informar al particular de su respuesta y lograr constancia de ello, por lo cual, en ningún caso se puede dejar al ciudadano sin tener el conocimiento o pronunciamiento de la entidad.
Es decir, en el caso que se desconozcan los datos de contacto o de correspondencia del peticionario, será necesario que la entidad notifique la respuesta mediante aviso, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Por lo anterior, el IGAC en cumplimiento constitucional al derecho a la información y a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, debe publicar las respuestas a los radicados anónimos, garantizando un espacio para que los interesados puedan consultar sus solicitudes.
Nota: Para consultar su PQRSD anónimo, haga clic sobre la columna respuesta del radicado que se encuentra en el archivo.