28. El plano predial catastral especial que citan en el artículo 12 sólo se le podrá expedir a los predios que ya han surtido el proceso de actualización de linderos y/o rectificación de área y linderos por acuerdo entre las partes?
Los predios que hayan surtido los trámites de actualización de linderos o rectificación de área y linderos por acuerdo entre las partes tendrán como soporte el correspondiente acto administrativo, acompañado del anexo 1 de la Resolución conjunta y, el último de los casos, el acta de colindancia. Esto, sin que la citada información pueda ser consolidada en el mencionado certificado.