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Miercoles, 29 de Noviembre de 2023

Luz verde para titulación de más de 3.600 predios fiscales en Cúcuta

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El Alcalde de Cúcuta Donamaris Ramírez París-Lobo, y el director general del IGAC Juan Antonio Nieto

Escalante, instalaron la Comisión Técnica que iniciará los trabajos previos para la titulación de predios.

 

San José de Cúcuta, Febrero 14de 2014

 

Con la instalación de la comisión

técnica del IGAC en Cúcuta se

empieza a aclarar el panorama

para titular los predios fiscales de

la capital nortesantanderana, que

beneficiarán a más de 3.634

familias, poseedoras de esos

terrenos.

La comisión del IGAC, que iniciará

el trabajo de campo el lunes 17 de

febrero, realizará el proceso de

reconocimiento predial. Es decir

verificará las condiciones y

características de los terrenos de

propiedad del municipio,

determinará el valor del avalúo

que servirá de fundamento para la

determinación o cumplimiento de

la condición de Vivienda de

Interés Social (VIS), expedirá los

certificados plano predial

catastral (CPPC). Juan Antonio

Nieto Escalante, director general

del IGAC, será el encargado de

dar la luz verde al inicio de este

trabajo catastral en Cúcuta.

“Con el insumo que entregue el

Instituto Geográfico Agustín Codazzi, el municipio de Cúcuta, en cabeza del Alcalde Donamaris Ramírez

Paris-Lobo, y el Ministerio de Vivienda y Territorio, podrán en el mediano plazo entregar a 3.634 familias

de la ciudad, su título como propietaria del bien que hoy ocupan, sin ningún costo de registro ni los

derechos de inscripción de los actos de transferencias.

Los predios objeto del programa de titulación están ubicados en los barrios Atalaya Primera Etapa,

Palmeras parte alta, Sector 1 de Comuneros, Claret y Motilones desde la calle Primera a la Sexta.En

Los Patios serán 1.060 y en Villa del Rosario, 274.

El proceso de titulación de bienes fiscales se desarrolla en el marco de un convenio suscrito entre el IGAC

y el Ministerio de Vivienda, que es el articulador del programa y aporta los recursos presupuestales para

su desarrollo, los cuales van dirigidos al financiamiento de los costos que generan las actividades del

catastro y el registro, entregando sin costo alguno, al final, el título de propiedad al ciudadano beneficiado.

Por su parte, el IGAC realiza el reconocimiento del bien inmueble, constituido por el terreno (propiedad

ente titulador) y la construcción (propiedad del beneficiado), con el fin de actualizar o verificar la

información catastral en sus aspectos físicos y jurídicos. El avalúo catastral se elabora para determinar

la condición de vivienda de interés social (valor del terreno y la construcción a nivel comercial) por

medio de un estudio de zonas homogéneas geoeconómicas.

Finalmente, el IGAC expide los certificados planos prediales catastrales, como documento básico de

titulación, que hace parte integral de la resolución de adjudicación del terreno al ciudadano. Para

desarrollar estas labores, el IGAC Territorial Norte de Santander ha dispuesto un equipo conformado por

10 reconocedores prediales, 4 auxiliares de oficina, 6 auxiliares de terreno, 2 coordinadores y un

topógrafo.

“El IGAC en el Norte de Santander tiene el compromiso de apoyar el programa de titulación en lo que le

corresponde a 6.345 predios”, puntualizó Nieto Escalante.

Beneficios del programa

Para los ocupantes que reciben el título:

No lo limita para acceder a subsidio alguno.

Garantiza y asegura la permanencia legal de la familia en el terreno.

Conforma un activo que permite al propietario o propietarios incorporarse al mercado

inmobiliario, posterior a cumplir las limitaciones de la ley.

Brinda el acceso a líneas de crédito.

Incrementa el valor comercial del Inmueble hasta en un 50%.

Para la entidad

Aumenta la base predial y de valorización del Municipio

Fortalece la economía del municipio o Distrito al incorporar nuevos bienes al mercado.

Permite aplicar elementos de ordenamiento, legalización urbanística y regularización de manera

previa, los cuales permiten desarrollar los respectivos programas.

Con baja inversión se reduce el déficit habitacional.

ABC de la titulación

1. Identificación de zonas: Sobre planos cartográficos, el municipio focaliza los asentamientos en donde

se localizan los predios fiscales con presencia de vivienda que serán objeto de intervención por el

programa.

2. Estudio de títulos: Estudio jurídico que permita definir con claridad la tradición del inmueble ocupado, si

tiene antecedentes registrales y corresponde a un bien fiscal o ejido municipal. El estudio es realizado por

el municipio con el apoyo del Ministerio de Vivienda y Territorio.

3. Confrontación con POT: Se corrobora la información recopilada de los estudios con los Instrumentos de

Ordenamiento Territorial, determinando zonas de riesgos, de protección y de desarrollo urbano.

4. Socialización: Reunión con la comunidad en donde se informa la iniciación del programa, las ventajas,

beneficios y responsabilidades que tienen los ocupantes al beneficiarse y las fechas en las que inician los

trabajos de identificación de campo.

5. Trabajo de campo: El IGAC realiza la identificación de los propietarios, que junto con la ubicación

geográfica del predio es incorporado en la base de datos catastrales. También se elaboran los estudios

de los avalúos comerciales de los predios a titular y finalmente se genera la entrega de los Certificados

Planos Prediales Catastrales (CPPC).

6. Selección del beneficiario: El Ministerio de Vivienda analiza tanto los resultados de los registros

catastrales, los avalúos y los CPPC, mediante los cruces con la base existente en FONVIVIENDA.

7. Publicación y emisión de acto administrativo: Ya obtenido el listado de predios a incluir en el programa,

se realiza la publicación del edicto de emplazamiento a través de un medio de comunicación masiva.

Definida la situación del predio y ocupantes, el municipio expide el acto administrativo de adjudicación.

8. Registros y entrega de títulos: Se adelantan los trámites ante la Superintendencia de Notariado y

Registro para el pago del impuesto de registro, y los derechos de inscripción de los actos de

transferencias, ante lo cual el representante legal del ente titulador con la presencia en algunas ocasiones

del Ministerio entrega los títulos de adjudicación a los beneficiados por el programa.

Última actualización Vie, 02/14/2014 - 11:02